Como alternativa a las penas privativa de libertad.
El Ministerio de Justicia publicó hoy el Reglamento de Vigilancia Electrónica Personal, que establece el control y monitoreo mediante grilletes electrónicos a procesados y condenados.
El documento, establecido mediante el Decreto Supremo N° 012-2020-JUS, tiene por objetivo reducir el hacinamiento de los penales y favorecer la reinserción en equilibrio con la seguridad ciudadana.
La vigilancia electrónica comprenderá a procesados y condenados como alternativa a la prisión preventiva, pena privativa de la libertad y vigilancia en el arresto domiciliario.
No aplica a quienes hayan cometido delitos graves o violentos.
Los procesados o condenados y el fiscal pueden solicitar la vigilancia electrónica; el juez puede hacerlo de oficio.
Entre las modalidades la vigilancia electrónica domiciliaria, y la domiciliaria con desplazamiento con fines de trabajo o estudio. Su aplicación será gratuita en todo el país.
Ante un incumplimiento, la persona vuelve al establecimiento penitenciario.
El Instituto Nacional Penitenciario asumirá el costo del dispositivo electrónico, precisa el reglamento.
La ministra de Justicia, Ana Neyra, destacó que la vigilancia electrónica personal constituye una importante alternativa a las penas privativas de libertad.
«La prioridad es también siempre la seguridad ciudadana, por lo que garantizamos que esta medida no beneficiará a ninguna persona procesada o condenada por delitos graves, a fin de no poner en riesgo a la ciudadanía», enfatizó.
FUENTE Andina
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