El acoso lo puede ejercer cualquier persona, pero en el hostigamiento sexual de acuerdo a la ley siempre hay una relación de jerarquía y de subordinación.
La abogada penalista María Alejandra Quintana de Caro & Asociados, precisó que el hostigamiento sexual es una conducta lesiva contra una persona donde existe una relación de jerarquía que puede ser a través del uso de palabras inadecuadas, gestos, algún tipo de tocamiento o comportamiento que la persona receptora no lo tolere.
En la secuencia Familia y Justicia, la doctora Quintana aclaró que el acoso lo puede ejercer cualquier persona, pero en el hostigamiento sexual de acuerdo a la ley siempre hay una relación de jerarquía y de subordinación.
Manifestó que el hostigamiento sexual se circunscribe al ámbito laboral y por ello todas las organizaciones y los centros laborales deben contar con políticas internas y procedimientos para reparar y enfrentar este tipo de situaciones.
Precisó que al presentarse un caso de hostigamiento el afectado debe recurrir al área de Recursos Humanos para informar lo sucedido. “Una vez que el caso lo tiene el área de Recursos Humanos tiene 10 días para de acuerdo a la ley pronunciarse y resolver el caso”, señaló en la secuencia Familia y Justicia.
Agregó que también el área de Recursos Humanos debe informar al Ministerio de Trabajo si el colaborador no se encuentra satisfecho en cuanto al procedimiento o cree que va a seguir siendo víctima del hostigamiento entonces en este caso deberá acudir a la Sunafil.
La abogada penalista María Alejandra Quintana, indicó que la Sunafil tiene como objetivo fiscalizar si dentro del centro laboral se está cumpliendo lo establecido como norma y sancionar de comprobarse un caso de hostigamiento con una sanción administrativa para el centro de trabajo y otra sanción interna para el colaborador que ejerce el hostigamiento. Asimismo, determinará si se debe pagar una indemnización al trabajador dependiendo de la posición que ocupa y la relación jerárquica del hostigador.
“Toda empresa debe contar con un protocolo interno un procedimiento y cuando el trabajador sienta que no se están amparando sus derechos puede acudir a la Sunafil”, enfatizó.
FUENTE: RPP
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